ISSN 2953-6367
Marzo 2025
http://revistainvestigo.com
Vol. 6, No. 15, PP. 428-444
https://doi.org/10.56519/bt6cs623
Revista Científica Multidisciplinaria InvestiGo
Riobamba Ecuador
Cel: +593 97 911 9620
revisinvestigo@gmail.com
428
GARANTÍAS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS
HUMANOS EN LOS PROCESOS DE JUSTICIA INDÍGENA EN
ECUADOR
GUARANTEES FOR THE PROTECTION OF HUMAN RIGHTS IN
INDIGENOUS JUSTICE PROCESSES IN ECUADOR
Ángel Alberto Guamán Morocho
1
.
{gamalex.agm@gmail.com
1
}
Fecha de recepción: 18/02/2025 / Fecha de aceptación: 28/02/2025 / Fecha de publicación: 03/03/2025
RESUMEN: La justicia indígena en Ecuador, se basa en costumbres y tradiciones de los
pueblos indígenas, fue reconocida en la Constitución de 2008 como un sistema que puede
coexistir con el sistema de justicia estatal. Sin embargo, esta convivencia ha generado
tensiones y conflictos, especialmente en relación con la protección de los derechos humanos.
Aunque la justicia indígena busca la restauración y la reconciliación, la falta de capacitación de
quienes trabajan en este ámbito y el escaso entendimiento que tienen las autoridades
estatales sobre ella han llevado a que se vulneren derechos, lo que plantea dudas sobre la
legitimidad de sus prácticas y su conformidad con los estándares internacionales de derechos
humanos. El artículo tiene como objetivo analizar los fundamentos teóricos y legales de los
sistemas jurisdiccionales comunitarios, identificar las violaciones que surgen de la interacción
entre los sistemas de justicia tradicionalistas ancestrales basado en el derecho
consuetudinario y los estatales, y proponer formas de prevenir estos problemas a través del
diálogo intercultural. Utilizando un enfoque que combina análisis cualitativo y cuantitativo, se
identifican patrones de vulneración y se presentan once sentencias de la Corte Constitucional
que tratan sobre la relación entre la justicia indígena y los derechos humanos. Acorde a
resultados, el artículo también examina la relación entre derechos humanos y justicia
ancestral en Ecuador, destacando que la Constitución promueve una interpretación
intercultural y a pesar de los avances, persisten vulneraciones a derechos fundamentales,
como la discriminación de género, y en este caso las sentencias de la Corte Constitucional
enfatizan la necesidad de diálogo intercultural y la participación de comunidades indígenas,
evidenciando la complejidad de armonizar ambos sistemas en un contexto plurinacional. Las
conclusiones resaltan la importancia de implementar medidas preventivas, promover la
capacitación en derechos humanos y fomentar la colaboración entre los sistemas judiciales,
para asegurar que la justicia indígena funcione de manera justa y equitativa, respetando la
diversidad cultural y los derechos de todos los ciudadanos en Ecuador.
1
Facultad de Ciencias Políticas y Administrativas. Carrera de Derecho. Universidad Nacional de Chimborazo.
Riobamba Ecuador, https://orcid.org/0009-0005-9173-6148, +593999102622.
GARANTÍAS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LOS PROCESOS DE JUSTICIA INDÍGENA EN ECUADOR
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Palabras clave: Justicia indígena, derechos humanos, interculturalidad, pluralismo jurídico,
constitucionalidad
ABSTRACT: Indigenous justice in Ecuador, which is based on the customs and traditions of
indigenous peoples, was recognized in the 2008 Constitution as a system that can coexist with
the state justice system. However, this coexistence has generated tensions and conflicts,
especially in relation to the protection of human rights. Although indigenous justice seeks
restoration and reconciliation, the lack of training of those working in this area and the poor
understanding of state authorities about it have led to rights violations, raising doubts about
the legitimacy of its practices and its compliance with international human rights standards.
The article aims to analyze the theoretical and legal foundations of indigenous justice, identify
the violations that arise from the interaction between indigenous and state justice systems,
and propose ways to prevent these problems through intercultural dialogue. Using an
approach that combines qualitative and quantitative analysis, patterns of violations are
identified and eleven Constitutional Court rulings are presented that address the relationship
between indigenous justice and human rights. According to the results, the article also
examines the relationship between human rights and ancestral justice in Ecuador, highlighting
that the Constitution promotes an intercultural interpretation and despite advances,
violations of fundamental rights persist, such as gender discrimination, and in this case the
rulings of the Constitutional Court emphasize the need for intercultural dialogue and the
participation of indigenous communities, demonstrating the complexity of harmonizing both
systems in a plurinational context. The conclusions highlight the importance of implementing
preventive measures, promoting human rights training and fostering collaboration between
judicial systems to ensure that indigenous justice functions in a fair and equitable manner,
respecting cultural diversity and the rights of all citizens in Ecuador.
Keywords: Indigenous justice, human rights, interculturality, legal pluralism, constitutionality,
human rights
INTRODUCCIÓN
El derecho indígena de manera común se define como un derecho consuetudinario, no escrito,
que regula la convivencia comunitaria y se basa en la cosmovisión de los pueblos indígenas (1).
Se entiende abarcando un gran contexto histórico que los pueblos y comunidades indígenas
desde su existencia, la cual atañe a datos históricos previos a la conquista española, desde
entonces su nicho histórico data de que estos pueblos han desarrollado “prácticas sociales” las
cuales han ido instaurándose como un ente regulador entre sus comunidades para controlar sus
relaciones y resolver conflictos. Lo cual, con respecto a la justicia ordinaria, tomó mayor poder o
alcance significativo, con su reconocimiento e instauración en la base normativa de la
Constitución de la República del Ecuador de 2008, al haberse reconocido el estado ecuatoriano
como un estado plurinacional e intercultural, permitiendo la coexistencia de múltiples sistemas
jurídicos, sin duda, esta concepción marcó un hito significativo para la población y sistema de
justicia indígena; sin embargo, se ha presentado ese gran conflicto entre leyes, el cual surge de
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la coexistencia de sistemas jurídicos diversos, donde los pueblos indígenas pueden elegir entre
el sistema estatal o el indígena para resolver conflictos. En este contexto se ha cuestionado
innumerables ocasiones por sucesos si estas prácticas cumplen con los mínimos jurídicos y
derechos humanos, como el derecho a la vida y el debido proceso; ya que, si bien es cierto, el
contexto de la justicia indígena se ha marcado en que las autoridades indígenas ejercen
funciones jurisdiccionales basadas en su derecho propio y tradiciones ancestrales, lo que no ha
dejado de lado el planteamiento de interrogantes sobre su legitimidad y el respeto a los
derechos humanos, creando un debate sobre el respeto a los derechos humanos en la
aplicación del derecho indígena, especialmente en relación con las penas y el debido proceso. La
justicia indígena en Ecuador se erige como un sistema normativo y cultural que refleja la
cosmovisión y las tradiciones de los pueblos originarios, constituyendo un componente esencial
de su identidad y autonomía.
Este sistema, que opera en paralelo al ordenamiento jurídico nacional, ha sido reconocido y
legitimado por la norma suprema, la cual en su Artículo 171 establece que: "Las autoridades de
las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con
base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con
garantías de participación y decisión de las mujeres. Las autoridades aplicarán normas y
procedimientos propios para la solución de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la
Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales" (2).
Sin embargo, a pesar de este reconocimiento formal, la implementación de la justicia indígena
enfrenta desafíos significativos, especialmente en lo que respecta a la protección y garantía de
los derechos humanos. El contexto de la justicia indígena en Ecuador, por un lado, denota la rica
diversidad cultural de los pueblos indígenas, que poseen sistemas de justicia propios, basados
en principios de comunidad, restauración y reconciliación; por otro lado, manifiesta que la
interacción con el sistema de justicia estatal a menudo genera tensiones y conflictos,
especialmente cuando se percibe que los derechos humanos de los individuos, tanto indígenas
como no indígenas, pueden estar en riesgo. Estos criterios representan un marco complejo y
multifacético. Donde la falta de capacitación y sensibilización de los operadores de justicia, así
como la escasa comprensión de las particularidades de la justicia indígena por parte de las
autoridades estatales, contribuyen a la vulneración de derechos en este contexto. Como señala
el jurista y antropólogo José María Argueta, "la justicia indígena no busca castigar, sino
restaurar el tejido social y promover la convivencia pacífica" (3).
Históricamente, “el Ecuador, al igual que otros países latinoamericanos que tienen el carácter de
ser diversos étnica y culturalmente, han recogido en su normativa constitucional la Justicia
Indígena, en la constitución del 2008 se implementa Capítulo Cuarto Función Judicial y justicia
indígena” (4). Punto que se tiene presente, sin embargo, data conforme la historia jurídica del
sistema de justicia indígena que, desde tiempos antiguos, los pueblos y nacionalidades
indígenas han practicado costumbres y tradiciones basadas en su derecho consuetudinario, el
cual incluye la administración de justicia indígena, con sus propios preceptos, objetivos,
fundamentos, características y principios; pero en la historia, también marco un antes y después,
la Constitución de 1998, ya que, fue la primera en Ecuador que reconoció el derecho de los
GARANTÍAS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LOS PROCESOS DE JUSTICIA INDÍGENA EN ECUADOR
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pueblos indígenas a administrar justicia de acuerdo con sus normas tradicionales. Sin embargo,
el 8 de enero de 2003, el expresidente Gustavo Noboa vetó completamente el proyecto de Ley
de Ejercicio de los Derechos Colectivos de los Pueblos Indígenas, y no fue hasta, la Constitución
de 2008, con la que se estableció un capítulo dedicado a la Función Judicial como sistema de
justicia ordinario y la justicia indígena, que afirma hasta nuestros días, que únicamente las
comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas tienen la jurisdicción para llevar a cabo la
justicia indígena.
Importancia de la justicia indígena en Ecuador como parte del sistema jurídico plurinacional.
Tratar de la justicia indígena y su importancia dentro del sistema jurídico del Ecuador, nos trae
de primera mano la concepción de que la justicia indígena en Ecuador es un componente
esencial del sistema jurídico plurinacional y en este sentido su importancia radica en su
capacidad para promover la interculturalidad y el respeto a la diversidad. Dado que este sistema,
no solo busca la resolución de conflictos, sino que también refuerza la identidad cultural de los
pueblos indígenas. La literatura existente ha abordado la complejidad de la justicia indígena en
el contexto ecuatoriano, destacando tanto su importancia cultural como los desafíos que
enfrenta.
Sin embargo, la coexistencia de la justicia indígena y la justicia ordinaria ha generado tensiones
y desafíos en la práctica. La Corte Constitucional ha abordado estos conflictos de competencia,
enfatizando la necesidad de un diálogo intercultural que permita la armonización de ambos
sistemas. Como (5) mencionan en su estudio acerca del pluralismo jurídico del país "la justicia
indígena debe ser entendida no como un sistema aislado, sino como parte de un entramado
más amplio que busca la justicia social en un contexto plurinacional" (5).
La relevancia de este tema radica en la necesidad de encontrar un equilibrio entre: el respeto a
la autonomía de los pueblos indígenas y la garantía de los derechos humanos universales. En un
país como Ecuador, donde la diversidad cultural es un pilar fundamental de la identidad
nacional, es imperativo que los sistemas de justicia, tanto indígena como estatal, trabajen de
manera complementaria y respetuosa.
Las garantías para prevenir de la vulneración de los derechos humanos en los procesos de
justicia indígena no solo es un imperativo ético y legal, sino que también es crucial para la
construcción de una sociedad más justa e inclusiva, donde se reconozcan y valoren las
diferencias culturales, sin comprometer la dignidad y los derechos de las personas. Este artículo,
por lo tanto, busca contribuir a un debate necesario y urgente sobre la justicia indígena y los
derechos humanos en Ecuador, ofreciendo un análisis crítico y propuestas concretas para
avanzar hacia un sistema de justicia más equitativo y respetuoso de la diversidad entre culturas,
procesos, costumbres y prácticas.
En este sentido, la imperiosa necesidad de entablar un punto de debate radica en la
coexistencia de dos factores: el respeto a la autodeterminación de los pueblos indígenas y la
obligación estatal de garantizar derechos humanos. La norma suprema ecuatoriana, al
reconocer la plurinacionalidad, exige un equilibrio que aún no se materializa plenamente.
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Las garantías para la protección de los derechos humanos no solo evitaría conflictos socio
jurídicos, sino que fortalecería además la cohesión social en un país donde el 7.7% de la
población se autoidentifica como indígena(6); lo cual corresponde a un gran porcentaje de masa
poblacional que aproxima un valor en cifras de cerca de aproximadamente 1.301.887 individuos
parte de la población general y de este porcentaje respecto del 2010, data que el porcentaje de
individuos que habla el idioma indígena disminuyo un punto porcentual alcanzando un 3.9% de
la masa poblaciones en el Ecuador que se comunica en un idioma propio de la cultura lo cual
advierte que la diferente evolución del promedio de población identificativa y perteneciente a la
cultura indígena, disminuye un poco más y abre un brecha geográfica y de perdida cultural.
Además, como advierten organismos internacionales, la falta de protección en estos procesos
podría agravar desigualdades históricas y perpetuar ciclos de violencia estructural.
En este contexto, se plantea la hipótesis de que la falta de mecanismos adecuados de
protección y supervisión en los procesos de justicia indígena es un factor determinante en la
vulneración de derechos humanos. Por lo tanto, es fundamental y se lo plantea como objetivo
madre, el identificar las principales vulneraciones que surgen de la interacción entre la justicia
indígena, los actores estatales y los agentes económicos externos, así como proponer soluciones
que promuevan un equilibrio entre la autonomía indígena y la protección de los derechos
humanos.
Por ende, los objetivos específicos de este artículo se ven reflejados en tres ejes principales: el
análisis, la identificación y la respectiva propuesta a la problemática a abordar de prevención de
vulneración de derechos humanos frente a la justicia indígena, desarrollándose en:
Analizar los fundamentos teóricos y jurídicos de la justicia indígena en Ecuador,
contrastándolos con los estándares internacionales de derechos humanos.
Identificar las principales vulneraciones derivadas de la interacción entre sistemas de justicia
indígena, actores estatales y agentes económicos externos.
Proponer mecanismos de prevención basados en el diálogo intercultural, la formación de
operadores jurídicos y la supervisión de prácticas que armonicen la autonomía de la justicia
indígena con la protección de derechos.
MATERIALES Y MÉTODOS
Enfoque de la investigación
En cuanto al aspecto metodológico de este artículo se organiza debido a una investigación con
enfoque cualitativo, enfocada en el análisis de documentos normativos, doctrinales y
jurisprudenciales, que tiene como objetivo el abordar la prevención de la vulneración de los
derechos humanos en los procesos de justicia indígena en Ecuador.
Como complemento del enfoque cualitativo, se incorpora un componente cuantitativo;
mediante la revisión de casos y sentencias relevantes emitidas por la Corte Constitucional de
Ecuador.
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Métodos utilizados
El método primordial a utilizar es el dogmático jurídico: ya que los resultados se derivan de la
interpretación de fuentes doctrinales, normativas y jurisprudenciales, de las cuales se extraen
las particularidades inherentes a este objeto de estudio, es decir, la justicia indígena y la
protección de los derechos humanos, y además se incluye un método analítico sintético;
incluyendo un análisis exhaustivo de las sentencias de la Corte Constitucional, el cual, permitirá
identificar patrones de vulneración y las medidas preventivas adoptadas, facilitando una
comprensión integral de la interacción entre la justicia indígena y los derechos humanos.
Técnicas de recolección de información
Durante la elaboración de este artículo, se incluyó la técnica de revisión documental, de
consultas normativas vigentes y documentos de especial relevancia. Además, se complementó
con el análisis de casos; para lo cual se identificaron y seleccionaron un total de once sentencias
que abordan la intersección entre la justicia indígena y los derechos humanos. Estas sentencias
fueron extraídas de manera intencional de la página web de la Corte Constitucional,
sistematizándose en una tabla que reflejan los aspectos más relevantes de cada caso.
Si bien al realizar un análisis de casos y una revisión documental, especialmente en el contexto
de la selección de sentencias emitidas por la Corte Constitucional, es fundamental establecer
criterios claros que guíen el proceso de selección; para lo cual los aspectos a considerar que se
tomó en cuenta para decidir que documentos incluir o excluir; fueron: su relevancia temática, es
decir que cumpla con criterios de pertinencia e impacto; su contexto de actualidad al priorizar
las sentencias que reflejen la evolución del pensamiento jurídico; la calidad y consistencia
jurídica, la diversidad de casos al incluir sentencias que aborde una variedad de contextos; en
este sentido, los aspectos que ayudaban a excluir la selección de casos/sentencias; fueron el
visualizar la relevancia, si son obsoletas o inclusive si tenían cierta falta de fundamentación, al
aplicar estos criterios, se pudo llevar a cabo un proceso de selección más riguroso y
fundamentado, asegurando que las sentencias elegidas contribuyan de manera significativa al
análisis y a la discusión sobre la justicia indígena y los derechos humanos en Ecuador.
El proceso de selección de las sentencias se llevó a cabo siguiendo el criterio establecido por la
propia Corte Constitucional. Se utilizó el buscador disponible en la plataforma virtual, aplicando
el filtro por palabra de “justicia indígena” y “derechos humanos”. De esta manera, se obtuvieron
las resoluciones que la Corte, ha catalogado como relevantes para el análisis de la justicia
indígena en el contexto de los derechos humanos, lo que permitió identificar las once
sentencias que se analizan en esta investigación.
Tipo de investigación
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Adicionalmente, en el entorno metodológico de este artículo, el tipo de investigación empleado
es documental o bibliográfico, dado que se realiza una consulta y análisis exhaustivo de las
fuentes mencionadas anteriormente.
Nivel de investigación
El nivel de este artículo es descriptivo, ya que se consideran dos grandes aspectos: la justicia
indígena y la protección de los derechos humanos. Al desglosar cada uno de estos aspectos, se
procede a un análisis riguroso y científico que permite identificar las dinámicas de prevención
de la vulneración de derechos en los procesos de justicia indígena en Ecuador.
RESULTADOS
Reconocimiento de los derechos humanos en la Constitución ecuatoriana y su relación con la
justicia indígena.
Si se hace un análisis a fondo sobre la relación de justicia indígena y derechos humanos, habilita
el trato de un marco constitucional que tiene los derechos humanos; en este sentido, la
Constitución de la Republica del Ecuador también conocida como norma suprema, establece un
gran paradigma garantista de derechos, que bajo criterio dogmático del jurista Ramiro Ávila
Santamaría, esta norma se ha caracterizado por su fuerte contenido axiológico y la
incorporación directa de los derechos humanos como normas constitucionales de aplicación
inmediata (7).
Es importante destacar que en esta norma vigente que prima por su supremacía constitucional
en su Art. 11 numeral 3 establece que los derechos y garantías que se encuentran en la
Constitución y en los tratados internacionales de derechos humanos deben aplicarse de manera
directa e inmediata y que para ejercerlos no se podrán imponer condiciones o requisitos que no
estén claramente mencionados en la Constitución o en la ley, pues son completamente exigibles
e intransferibles (2).
La Corte Constitucional ecuatoriana ha desarrollado el principio de interpretación intercultural
de los derechos humanos. Según este principio, establecido en la sentencia No. 004-14-SCN-CC,
los derechos humanos deben interpretarse considerando el contexto cultural específico de las
comunidades indígenas.
Por lo tanto, la interrelación entre derechos humanos y justicia indígena puede abordar diversos
puntos de análisis entre ellos la limitación constitucional, la interpretación intercultural y retos
como la coordinación jurisdiccional e interpretación evolutiva. Raúl Llasag Fernández explica
que, al sujetarse las decisiones de la jurisdicción indígena directamente a un control
constitucional, se genera una tensión productiva entre la autonomía jurisdiccional indígena y los
estándares universales de derechos humanos (8).
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Así mismo, es evidente poder hacer alusión a que esta articulación entre derechos humanos y
justicia indígena plantea desafíos como la coordinación jurisdiccional, dado que es fundamental
desarrollar mecanismos efectivos de coordinación entre la justicia ordinaria y la justicia indígena.
(9) plantea que, esta coordinación debe basarse en el diálogo intercultural y el respeto mutuo
entre sistemas jurídicos; hecho que apertura a que de acuerdo a las nuevas realidades sociales,
se desarrolle una interpretación evolutiva que permita la adaptación tanto entre la justicia
indígena y la ordinaria, teniendo como idea base el criterio de que, ni las prácticas de la justicia
indígena, ni los derechos humanos a lo largo de la historia, son un concepto estático, como lo
señala (10).
Discusión sobre los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Ecuador y
su aplicabilidad en la justicia indígena.
En el país se establece un marco de pluralismo jurídico que reconoce tanto el derecho ordinario
como la justicia indígena. Los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por
Ecuador tienen una posición privilegiada en la jerarquía normativa, ubicándose al mismo nivel
que la Constitución cuando otorgan mayor protección a los derechos.
Entre los principales instrumentos internacionales relevantes está el Convenio 169 de la OIT
sobre Pueblos Indígenas y Tribales (1989), que reconoce específicamente el derecho de los
pueblos indígenas a conservar sus costumbres e instituciones propias, incluyendo sus métodos
tradicionales de resolución de conflictos (11).
De igual manera, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas establece que "los pueblos indígenas tienen derecho a promover, desarrollar y
mantener sus estructuras institucionales y sus propias costumbres, espiritualidad, tradiciones,
procedimientos, prácticas y, cuando existan, costumbres o sistemas jurídicos, de conformidad
con las normas internacionales de derechos humanos" (12).
Según (13) surge una tensión entre la obligación de respetar los derechos humanos
fundamentales y el derecho a mantener sistemas jurídicos tradicionales. La Corte Constitucional
ecuatoriana ha establecido criterios para resolver esta aparente contradicción a través de
diversas sentencias (14).
De acuerdo con (15) , la interpretación de los derechos humanos debe hacerse de manera
intercultural, considerando el contexto y la cosmovisión indígena. Este enfoque permite
entender que ciertas prácticas que podrían parecer "castigos" desde una perspectiva occidental
pueden ser entendidas como rituales de purificación y restauración del equilibrio comunitario
desde la perspectiva indígena (16).
Principios de la justicia indígena y su compatibilidad con los derechos humanos.
Los principios de la justicia indígena y su relación con los derechos humanos constituyen un
tema fundamental en el pluralismo jurídico contemporáneo. La justicia indígena se fundamenta
en varios principios esenciales que han sido transmitidos a través de generaciones. En cuanto a
GARANTÍAS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LOS PROCESOS DE JUSTICIA INDÍGENA EN ECUADOR
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su compatibilidad con los derechos humanos, (17) señala que "los sistemas de justicia indígena
no son inherentemente incompatibles con los derechos humanos, sino que requieren una
interpretación intercultural que permita armonizar ambas perspectivas" (17) . Esta visión es
respaldada por diversos instrumentos internacionales, como el Convenio 169 de la OIT, que
reconoce el derecho de los pueblos indígenas a conservar sus costumbres e instituciones
propias, siempre que estas no sean incompatibles con los derechos fundamentales (11).
La Corte Constitucional del Ecuador ha establecido que la justicia indígena debe respetar un
"núcleo duro" de derechos humanos, que incluye el derecho a la vida, la prohibición de la
tortura y la esclavitud, y el debido proceso desde una perspectiva intercultural (18) . Sin
embargo, como señala (19) "la interpretación de estos derechos debe realizarse considerando el
contexto cultural específico y los valores comunitarios que sustentan las prácticas de justicia
indígena" (19).
En este sentido se puede concebir como características clave de la justicia indígena el hecho de
resaltar la publicidad y colectividad a través de decisiones adoptadas mediante asambleas
comunitarias, la restauración al buscar la paz social mediante métodos de reconciliación, la
prevención, gratuidad y la celeridad al resolver en tiempo y forma breve.
Tras el reconocimiento constitucional del ecuador como estado plurinacional, y el marcaje de la
justicia indígena dentro del andamiaje legal, ha convertido en hechos divergentes y principios
notables para este tipo de justicia la autonomía jurisdiccional, la competencia territorial y el
derecho consuetudinario, en este caso puntual la Corte Constitucional del Ecuador, en la
Sentencia del caso "La Cocha", estableció parámetros importantes para la aplicación de la
justicia indígena, señalando que "los derechos humanos constituyen el límite material de la
justicia indígena, pero su interpretación debe realizarse en clave intercultural" (20).
Identificación de Vulneraciones de Derechos Humanos
A pesar de los avances en el reconocimiento de la justicia indígena, se han reportado
vulneraciones de derechos humanos en diversos procesos. Entre las vulneraciones más
comunes se encuentran la discriminación de género, el derecho a un juicio justo y la protección
de los derechos de los niños. Por ejemplo, en algunos casos, las decisiones de justicia indígena
han excluido a las mujeres de la toma de decisiones, perpetuando la desigualdad de género.
Los factores que contribuyen a estas vulneraciones son diversos. La falta de capacitación en
derechos humanos para las autoridades indígenas, la presión social y las dinámicas de poder
dentro de las comunidades pueden llevar a decisiones que no respeten los derechos
fundamentales de todos los involucrados.
En el caso que ocupa a este artículo se resalta el control constitucional debido a las decisiones
derivadas de la justicia indígena. En este sentido, se accede a once sentencias, de las cuales,
cinco de ellas fueron catalogadas como sentencias con efecto intercultural, en sus siglas (EI), ya
que abordan temas relacionas con la justicia indígena, sus normas y costumbres y la interacción
entre el sistema jurídico nacional, entre ellas se encuentran la: (21), (22), (23), (24), y (25). Tan
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solo una fue catalogada como sentencia de principio de justicia ordinaria en sus siglas (PJO)
como lo es la (26) , que, tras su análisis, ya que abordó temas de derechos humanos, debido
proceso, y establecía principios y criterios relacionados con el sistema judicial convencional que
opera el país. Dos sentencias catalogadas como (SEP), entre ellas: (20) y (27); pues resolvieron
netamente situaciones particulares y no establecieron precedente general. Una catalogada
como (EP), la (28); ya que en su análisis tuvieron un efecto general y vinculante, estableciendo
precedentes que deben ser seguidos por otros órganos del Estado y por el sistema judicial en su
conjunto. Una catalogada como (CP), el (29), por su centro en el control de la constitucionalidad
de actos normativos; y finalmente una sentencia catalogada como (SCN), la (30), que consideró
en el caso, la constitucionalidad de normas legales y reglamentarias.
Esta serie de sentencias que abordan la compleja relación entre la justicia indígena y los
derechos humanos, han destacado la importancia de la participación activa de las comunidades
indígenas en sus propios procesos de justicia. Estas sentencias subrayan la legitimidad de la
justicia indígena, siempre que se respeten los derechos fundamentales, como el derecho a la
defensa y el debido proceso. En varias decisiones, la Corte ha reafirmado principios clave, como
la necesidad de un diálogo continuo entre la justicia indígena y la ordinaria, lo que es esencial
para construir un sistema de justicia plural y diverso en un país multicultural. Se ha enfatizado la
autonomía de las autoridades indígenas y su capacidad para ejercer jurisdicción, siempre dentro
de los límites de su derecho propio y con el reconocimiento de su comunidad.
Al mismo tiempo, la Corte ha abordado casos que ponen de relieve la necesidad de garantizar
que los procesos de justicia indígena sean inclusivos y equitativos, protegiendo los derechos de
todos los miembros de la comunidad, especialmente de aquellos en situaciones vulnerables. Las
sentencias también han establecido precedentes importantes sobre la aplicación de normas
penales en contextos culturales específicos, subrayando que los jueces deben implementar
medidas que respeten la diversidad cultural de las comunidades indígenas. En conjunto, estas
decisiones reflejan un esfuerzo por equilibrar la autonomía de la justicia indígena con la
protección de los derechos humanos, promoviendo un diálogo intercultural que fortalezca un
sistema de justicia más justo y equitativo en el contexto plurinacional del Ecuador. La Corte, al
rechazar propuestas que podrían socavar la autodeterminación de los pueblos indígenas,
reafirma su compromiso con la diversidad cultural y la necesidad de un enfoque que respete las
particularidades de cada comunidad.
Tras las consideraciones de cada una de las once sentencias de la Corte Constitucional del
Ecuador que fueron tomadas en cuenta, se las sistematiza por medio de las siguientes tablas:
Tabla 1. Criterios y sentencias referidas a la justicia indígena y protección a los derechos humanos calificadas con
Efecto Intercultural (EI).
SENTENCIA No.
CONTEXTO
VULNERACIONES
MEDIDAS PREVENTIVAS
ADOPTADAS
1-18-EI/24
Acción extraordinaria de
protección presentada por
varios miembros de la
comunidad de Oñacapac
Derecho al debido proceso
Derecho a la propiedad
Falta de competencia
Desestimación de la Acción
Reconocimiento de la Justicia
Indígena
Orden de promoción activa de los
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438
contra la resolución de la
Asamblea de Justicia
Comunitaria de la
comunidad
afectados en las asambleas.
1-21-EI/24
Acción extraordinaria de
protección contra
decisiones de la justicia
indígena relacionadas con
un conflicto de partición de
tierras.
Derecho a la defensa
Debido proceso
Rechazo de la acción
Reconocimiento de Jurisdicción
Indígena, legitimidad de autoridad,
derecho consuetudinario.
1-15-EI/21
Acción extraordinaria de
protección presentada
contra decisiones de la
justicia indígena emitidas
por la Corporación de
Gobiernos y Comunidades
del Cantón Otavalo
(CORDEGCO)
Falta de Competencia
Derecho a la Defensa
Debido Proceso
Rechazo de la Acción
Reconocimiento de la Jurisdicción
Indígena
Fortalecimiento de diálogo
intercultural
8-20-EI/24
Acción extraordinaria de
protección contra la
decisión de la justicia
indígena adoptada por la
Federación Interprovincial
de Indígenas Saraguros
(FIIS) y la comunidad
Zhadanpamba.
Derecho al Debido Proceso
Derecho a la Propiedad
Discriminación
Desestimación de la Acción
Fortalecimiento de la Justicia
Indígena
Protección de Derechos Colectivos
Diálogo y Participación
8-22-EI/24
Acción de protección contra
la decisión de la Comuna
Jurídica "Santa Marianita de
Pingulmí".
Derecho al Debido Proceso
Derecho a la Propiedad
Vulnerabilidad de la
Accionante
Aceptación de la Acción
Declaración de Vulneración de
Derechos
Orden de nueva Asamblea
Comunitaria y plazo
Protección de Derechos de Grupos
Vulnerables
Fuente: Elaboración propia a partir de las sentencias de la Corte Constitucional del Ecuador.
Las sentencias abarcan desde la diversidad de casos desde acciones extraordinarias de
protección hasta consultas sobre la constitucionalidad de normas; además de las vulneraciones
comunes, como el derecho al debido proceso, el derecho a la defensa y la falta de competencia
de las autoridades judiciales, estas vulneraciones indican una necesidad urgente de fortalecer la
protección de los derechos humanos en el marco de la justicia indígena; y finalmente destacan
las medidas preventivas adoptadas.
Tabla 2. Criterios y sentencias referidas a la justicia indígena y protección a los derechos humanos, calificadas
como PJO, SCN, CP, SEP, EP.
SENTENCIA No.
CONTEXTO
MEDIDAS PREVENTIVAS
ADOPTADAS
001-17-PJO-CC
Acción de protección
presentada por
Restablecimiento de la
Personería Jurídica
GARANTÍAS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LOS PROCESOS DE JUSTICIA INDÍGENA EN ECUADOR
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presidenta de la
Comunidad de
Pañayacu en contra
del secretario
nacional ejecutivo
del Consejo de
Desarrollo de las
Nacionalidades y
Pueblos Indígenas
del Ecuador
(CODENPE).
Reconocimiento de la
Jurisdicción Indígena
Reconocimiento de la
Jurisdicción Indígena
Fomento de Diálogo
Intercultural
Importancia de la Autonomía
Indígena
004-14-SCN-CC
Consulta sobre
constitucionalidad
de una norma que
tipifica el delito de
genocidio, en el
contexto de un
proceso penal que
involucra a
miembros de la
nacionalidad
indígena Waorani.
Interpretación Intercultural
Requerimiento de Peritajes
16-19-CP/20
Análisis de
constitucionalidad
de una consulta
popular propuesta
por el presidente del
Consejo Nacional de
Justicia Indígena.
Negación de la Consulta Popular
Reafirmación de la Justicia
Indígena
Protección de la Autonomía
Indígena
Rechazo a la Asimilación
Necesidad de Claridad en
Propuesta
113-14-SEP-CC
Acción
extraordinaria de
protección contra
decisiones de la
justicia indígena
relacionadas con el
asesinato de
M.A.O.P.
Análisis de Competencia
Reforzamiento de la Jurisdicción
Indígena
Protección de Derechos
Colectivo
Fortalecimiento de la Justicia
Indígena
Interculturalidad y Diversidad
256-13-EP/21
Impugnación de
declinación de
competencia a favor
de la comunidad
indígena Zhiña
Buena Esperanza en
un proceso penal por
lesiones.
Rechazo de la Acción
Reconocimiento de la
Jurisdicción Indígena
319-15-SEP-CC
Acción
extraordinaria de
protección
propuesta por el
presidente de la
Rechazo de la Acción
Reafirmación de la Jurisdicción
Ordinaria
Reconocimiento de la
Diversidad Jurídica
GARANTÍAS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LOS PROCESOS DE JUSTICIA INDÍGENA EN ECUADOR
440
comuna indígena
San Luis de
Parcoloma, en
contra de la
sentencia del Tercer
Tribunal Penal del
Azuay, que impuso
condena por el delito
de violación a una
menor de edad.
Protección de Derechos de
Menores
Fuente: Elaboración propia a partir de las sentencias de la Corte Constitucional del Ecuador.
Las tablas presentadas en el documento ofrecen un panorama detallado sobre las sentencias
relacionadas con la justicia indígena y la protección de los derechos humanos en Ecuador. A
través de un análisis de estas sentencias, se pueden identificar patrones en las vulneraciones de
derechos y las medidas preventivas adoptadas, lo que es fundamental para entender la
dinámica de la justicia indígena en el contexto ecuatoriano.
Muchas sentencias destacan el reconocimiento de la jurisdicción indígena como una medida
preventiva clave. Este reconocimiento es esencial para garantizar que las comunidades
indígenas puedan ejercer su autonomía y resolver sus conflictos de acuerdo con sus propias
normas y costumbres.
DISCUSIÓN
El análisis de los resultados obtenidos revela la complejidad inherente a la interacción entre la
justicia indígena y los derechos humanos en el contexto ecuatoriano. Esta relación, enmarcada
en un sistema jurídico plurinacional, presenta tanto avances significativos como desafíos
persistentes que merecen ser discutidos a la luz de investigaciones previas.
El reconocimiento constitucional de la justicia indígena representa un hito significativo en la
evolución del sistema jurídico ecuatoriano. Como señala (7), la Constitución de 2008 establece
un paradigma garantista con un fuerte contenido axiológico que incorpora directamente los
derechos humanos como normas de aplicación inmediata. Sin embargo, este reconocimiento
formal no ha eliminado las tensiones existentes entre ambos sistemas. En consonancia con lo
que plantea (8) , al mencionar que la sujeción de las decisiones de la jurisdicción indígena al
control constitucional genera una "tensión productiva" entre la autonomía jurisdiccional
indígena y los estándares universales de derechos humanos. Esta tensión se manifiesta
claramente en sentencias como la (20) (caso "La Cocha"), donde la Corte Constitucional
estableció que "los derechos humanos constituyen el mite material de la justicia indígena, pero
su interpretación debe realizarse en clave intercultural" (31) . Dicha postura coincide con el
planteamiento de Chávez (2018), quien sostiene que la interpretación de los derechos humanos
debe hacerse considerando el contexto y la cosmovisión indígena.
GARANTÍAS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LOS PROCESOS DE JUSTICIA INDÍGENA EN ECUADOR
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Los resultados de la investigación refuerzan lo planteado por (9) , sobre la necesidad de
desarrollar mecanismos efectivos de coordinación entre la justicia ordinaria y la justicia indígena
basados en el diálogo intercultural y el respeto mutuo. Las once sentencias analizadas
evidencian un esfuerzo de la Corte Constitucional por establecer parámetros de interpretación
intercultural, pero también reflejan las dificultades prácticas de implementación.
En este sentido, el análisis coincide con la postura de Díaz y Antúnez (2016), quienes
argumentan que "la justicia indígena debe ser entendida no como un sistema aislado, sino como
parte de un entramado más amplio que busca la justicia social en un contexto plurinacional".
Esta visión integrada resulta fundamental para superar la actual fragmentación jurisdiccional
que deriva en conflictos de competencia y posibles vulneraciones de derechos.
Estos hallazgos confirman lo señalado por (17), respecto a que "los sistemas de justicia indígena
no son inherentemente incompatibles con los derechos humanos, sino que requieren una
interpretación intercultural que permita armonizar ambas perspectivas" (17). Las características
identificadas de la justicia indígena, como la publicidad, colectividad, restauración, prevención,
gratuidad y celeridad, contribuyen potencialmente a una justicia más accesible y restaurativa.
En consonancia con (18), observamos que la Corte Constitucional ha establecido efectivamente
un "núcleo duro" de derechos humanos que debe ser respetado por la justicia indígena. Sin
embargo, como acertadamente señala (19), "la interpretación de estos derechos debe realizarse
considerando el contexto cultural específico y los valores comunitarios que sustentan las
prácticas de justicia indígena" (19) . Este enfoque interpretativo se evidencia en las sentencias
categorizadas como de "efecto intercultural" (EI), que buscan armonizar ambas perspectivas.
Entorno a las vulneraciones identificadas y sus causas, el análisis de las sentencias revela que, a
pesar del reconocimiento formal, persisten vulneraciones de derechos humanos en ciertos
procesos de justicia indígena. Estas vulneraciones coinciden con lo señalado por (16) , sobre la
necesidad de diferenciar entre prácticas que desde una perspectiva occidental podrían parecer
"castigos" pero que, en el contexto indígena, constituyen rituales de purificación y restauración
del equilibrio comunitario.
No obstante, concordando con (14) , identificamos que existen factores estructurales que
contribuyen a estas vulneraciones, como la falta de capacitación en derechos humanos para las
autoridades indígenas y las dinámicas de poder dentro de las comunidades. Estos factores
deben ser abordados desde una perspectiva que, como sugiere (10) , reconozca que ni las
prácticas de justicia indígena ni los derechos humanos son conceptos estáticos, sino que
evolucionan constantemente.
Como referente acerca de las aportaciones de instrumentos internacionales, los resultados
destacan la importancia del Convenio 169 de la OIT y la Declaración de las Naciones Unidas
sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas como marcos normativos que reconocen
específicamente el derecho de los pueblos indígenas a mantener sus sistemas jurídicos
tradicionales. En concordancia con (13) , identificamos una tensión entre la obligación de
respetar los derechos humanos fundamentales y el derecho a mantener sistemas jurídicos
GARANTÍAS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LOS PROCESOS DE JUSTICIA INDÍGENA EN ECUADOR
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tradicionales, tensión que la Corte Constitucional ecuatoriana ha intentado resolver a través de
diversas sentencias. Este enfoque coincide con la afirmación de (4), respecto a que el Ecuador,
al igual que otros países latinoamericanos diversos étnica y culturalmente, ha recogido en su
normativa constitucional la justicia indígena, aunque la implementación efectiva sigue siendo un
desafío pendiente.
Desafíos pendientes y propuestas
En concordancia con lo señalado por (3), constatamos que "la justicia indígena no busca castigar,
sino restaurar el tejido social y promover la convivencia pacífica". Sin embargo, para
materializar plenamente este potencial restaurativo, se requiere superar obstáculos
significativos como la falta de capacitación y sensibilización de los operadores de justicia, así
como la escasa comprensión de las particularidades de la justicia indígena por parte de las
autoridades estatales. Las sentencias analizadas reflejan un esfuerzo por equilibrar la autonomía
de la justicia indígena con la protección de los derechos humanos, promoviendo un diálogo
intercultural que, como sugieren (1) , reconozca al derecho indígena como un sistema
consuetudinario que regula la convivencia comunitaria basado en la cosmovisión de los pueblos
indígenas. Así, el análisis de las estadísticas del (6) , que indica que el 7.7% de la población
ecuatoriana se autoidentifica como indígena, subraya la relevancia demográfica y cultural de
esta problemática. La disminución en el porcentaje de individuos que hablan idiomas indígenas
advierte sobre una posible pérdida cultural que podría afectar también a los sistemas de justicia
tradicionales.
En síntesis, nuestros hallazgos confirman la necesidad de un enfoque integrado que, como
proponen las diversas sentencias de la Corte Constitucional, especialmente aquellas con efecto
intercultural (EI), rechace propuestas que podrían socavar la autodeterminación de los pueblos
indígenas mientras reafirma el compromiso con la diversidad cultural y la necesidad de respetar
las particularidades de cada comunidad en el marco de un sistema jurídico plurinacional que
garantice efectivamente los derechos humanos de todos los ecuatorianos.
CONCLUSIONES
La justicia indígena es un elemento fundamental dentro del sistema jurídico de Ecuador, ya que
refleja la diversidad cultural y la autonomía de las comunidades indígenas. Sin embargo, los
hallazgos de este estudio muestran que, a pesar de su relevancia, la justicia indígena enfrenta
serios problemas en la protección de los derechos humanos. Las vulneraciones identificadas,
como la falta de acceso a un debido proceso y la discriminación hacia ciertos grupos, resaltan la
necesidad de un enfoque que considere tanto las tradiciones culturales como los derechos
humanos universales.
Es crucial implementar medidas preventivas para asegurar que la justicia indígena funcione de
manera justa y respetuosa de los derechos humanos. Esto implica promover la capacitación en
derechos humanos para los líderes y miembros de las comunidades indígenas, así como
GARANTÍAS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN LOS PROCESOS DE JUSTICIA INDÍGENA EN ECUADOR
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fomentar un diálogo intercultural entre el sistema judicial nacional y las autoridades indígenas.
Estas acciones no solo ayudarán a proteger los derechos individuales, sino que también crearán
un ambiente de confianza y colaboración entre las diferentes instancias de justicia.
Por último, hago un llamado a las autoridades y a la sociedad civil para que trabajen juntos en el
fortalecimiento de la justicia indígena y en la protección de los derechos humanos de todas las
personas involucradas. Es fundamental crear un marco que integre la justicia indígena con los
principios de derechos humanos, lo que permitirá avanzar hacia un sistema de justicia más
inclusivo y equitativo, que respete la diversidad cultural y garantice la dignidad de todos los
ciudadanos en Ecuador.
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